Fondo de Equidad del Conocimiento/FAQ
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Los beneficiarios potenciales deben cumplir los siguientes criterios: deben ser una organización sin ánimo de lucro reconocida, ya que el Fondo de Equidad del Conocimiento no puede conceder subvenciones a entidades comerciales o particulares con fines de lucro. Deben tener un historial probado de impacto. Buscamos aprender de organizaciones establecidas con un historial probado y no somos capaces de apoyar a las organizaciones que todavía están determinando cómo evaluar su impacto. El liderazgo de la organización debe ser representativo de las comunidades negras, indígenas o racializadas a las que buscan servir.
Deben alinearse con una de las cinco áreas en las que enfocamos nuestras inversiones. Cada una de estas áreas tiene que ver con una de las barreras estructurales persistentes que previenen el acceso equitativo y la participación en el conocimiento.
- Apoyo a la beca y la defensa centrada en el conocimiento libre y la equidad racial
- Apoyo a los medios de comunicación y los esfuerzos de periodismo centrados en las personas racializadas de todo el mundo, con el fin de expandir fuentes de medios de comunicación confiables que cubran estas comunidades
- Abordan la desigualdad de acceso a Internet
- Mejorar las competencias en alfabetización digital que impiden el acceso al conocimiento
- Invertir en registros no tradicionales de conocimientos (por ejemplo, historias orales)
Las subvenciones del Fondo de Equidad del Conocimiento son una subvención financiera única para un período de uno o dos años, por lo que los beneficiarios deben poder mantenerse más allá de esta subvención. No pretende proporcionar una fuente de financiación continua.